OTROS
3 DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE
DOCUMENTOS REQUERIDOS
1)En todo caso
- Carta de instrucciones o solicitud del servicio notarial.
- Generales del o los Poderdantes y, en su caso, de sus representantes.
- Copia de la identificación oficial del o los Poderdantes y, en su caso, de sus representantes. Tratándose de poderes para disponer de inmuebles, se necesitarán dos identificaciones.
- Clave RFC, CURP y domicilio fiscal del o los Poderdantes (para factura).
- Nombres completos de los Apoderados (tal como aparecen en sus identificaciones oficiales y aclarar si acostumbran usar otros nombres).
- Si el poder es referente a la disposición de un inmueble particular, copia certificada del acta de matrimonio del o los Poderdantes.
2)Si el o los Poderdantes están representados
- Poderes originales.
3)Si el o los Poderdantes son extranjeros
- Forma migratoria (deberá acreditar su legal estancia en el país).
4) Si el poder es limitado
- Describir la limitación (puede limitarse a un objeto, a plazo, para ejercitarse frente a determinadas personas, etc.).
5) Si el poder es especial irrevocable
- Deberá acreditarse la obligación contraída con anterioridad o la condición en el contrato bilateral
3 DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE
1) En todo caso
- Carta de instrucciones o solicitud del servicio notarial.
- Generales del o los Poderdantes y, en su caso, de sus representantes.
- Copia de la identificación oficial del o los Poderdantes y, en su caso, de sus representantes.
- Clave RFC, CURP y domicilio fiscal del o los Poderdantes (para factura).
- Copia de la escritura del poder que se va a revocar.
2) Si el o los Poderdantes están representados
- Poderes.
3) Si el o los Poderdantes son extranjeros
- Forma migratoria (deberá acreditar su legal estancia en el país).
TIEMPO PROMEDIO DEL TRÁMITE:4 DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE
DOCUMENTOS REQUERIDOS
1)En todo caso
- Carta de instrucciones o solicitud del servicio notarial.
- Generales del o los solicitantes.
- Copia de la identificación oficial del o los solicitantes.
- Clave RFC, CURP y domicilio fiscal de los solicitantes (para factura).
- Poder otorgado en el extranjero, debidamente legalizado o apostillado, según sea el caso. Y, tratándose de poderes en idioma extranjero, deberá acompañar traducción al español, hecha por perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
2) Si el o los solicitantes son extranjeros
- Forma migratoria (deberá acreditar su legal estancia en el país).
5 DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE
- Carta de instrucciones o solicitud del servicio notarial.
- Generales de las personas que vayan a ratificar sus firmas en el documento y, en su caso, de los testigos que hayan comparecido.
- Copia de las identificaciones oficiales del o los ratificantes y, en su caso, de los testigos.
- Clave RFC, CURP y domicilio fiscal del o los ratificantes (para factura).
- Ejemplares que se pretendan ratificar en contenido y firma, debiendo adicionar un tanto más para el apéndice del acta.
2) Si el o los ratificantes son personas morales o están representados o Poderes en original.
3) Si el o los ratificantes están actuando como Padre o Madre o en ejercicio de la patria potestad
- Acta de nacimiento de cada uno de los menores, en su caso.
- Acta de matrimonio de los padres, en su caso.
NOTA: no puede ratificarse el documento que contenga algún acto jurídico que conforme a la ley deba constar en escritura (por ejemplo, contratos de compraventa de inmuebles).
(INCLUYE: NOTIFICACIONES, INTERPELACIONES, REQUERIMIENTOS, PROTESTOS Y ENTREGA DE DOCUMENTOS)
1) En todo caso
- Carta de solicitud del Servicio Notarial, firmada por el solicitante, donde señale la diligencia a realizar, el nombre del destinatario y la dirección de donde deberá llevarse a cabo (debe ser dentro de la Ciudad de México).
- Texto a notificar, requerir o interpelar, firmado por el solicitante y dirigido al destinatario, con sus anexos, en su caso (anexar los tantos que se requieran más uno para la Notaría).
- Generales del solicitante y, en su caso, de sus representantes.
- Copia de las identificaciones oficiales del solicitante y, en su caso, de sus representantes.
- Clave de RFC, CURP y domicilio fiscal del solicitante (para factura).
- Documentos relacionados con el hecho de que se va a dar fe (fotografías, contratos, estatutos, acciones, etc.). Para mayor precisión, hablar con el abogado.
2) Si el o los solicitantes son personas morales o están representados
- Poderes en original.
3) Si el o los solicitantes son extranjeros
- Forma migratoria (deberá acreditar su legal estancia en el país).
4) En protesto de documentos
- Exhibir la letra de cambio, pagaré o título de crédito para asentar la razón. Este documento quedará en la Notaría depositado por dos días hábiles.
5) En notificaciones ordenadas por Jueces (remates, firmas de escritura, etc.)
- Poner a disposición del notario los autos en el juzgado y avisar al abogado correspondiente cuando se haya hecho, para que se recojan por parte de la Notaría.
DOCUMENTOS REQUERIDOS
1) En todo caso
- Carta de Instrucciones o Solicitud del Servicio Notarial
- Generales del Declarante y de 2 testigos que conozcan plenamente el hecho que se va a declarar
- Copia de las identificaciones oficiales del Declarante y de los 2 testigos
- Clave de RFC y domicilio fiscal del Declarante (para factura)
- Documentos relacionados con el hecho que se va a declarar (actas de nacimiento, copias de facturas, tarjetones, nombre del dependiente económico, etc. para mayor precisión hablar con el abogado) Si se trata de extravío de facturas, primero levantar acta ante Ministerio Público.
2) Si el Declarante es persona moral o está representado
- Poderes (con facultad para absolver posiciones)
3) Si el Declarante o los Testigos son extranjeros
- Formas Migratorias
DE 1 A 4 DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS
- Carta de solicitud del servicio.
- Orden de Cotejo, misma que llena la Notaría.
- Copia de la identificación oficial del solicitante.
- Clave de RFC, CURP y domicilio fiscal del cliente (para factura).
- Documentos para cotejar en original o copia certificada.
CONSIDERACIONES:
De conformidad con la Circular de Notarios del D.F. número 26/C/01 de fecha 20 de febrero de 2001, se establece el “Criterio para aplicar el arancel tratándose de Cotejos” de la siguiente manera:
- Que las tarifas que señalan en el arancel se apliquen tomando en cuenta exclusivamente el número de documentos que se presenten en cada comparecencia, y el número de ejemplares certificados que de cada uno de ellos nos soliciten, incluyendo, desde luego, las páginas del ejemplar que se agrega al apéndice.
DE 1 A 4 DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS
- Carta de solicitud del servicio.
- Orden de Cotejo, misma que llena la Notaría.
- Copia de la identificación oficial del solicitante.
- Clave de RFC, CURP y domicilio fiscal del cliente (para factura).
- Documentos para cotejar en original o copia certificada.
CONSIDERACIONES: De conformidad con la Circular de Notarios del D.F. número 26/C/01 de fecha 20 de febrero de 2001, se establece el “Criterio para aplicar el arancel tratándose de Cotejos” de la siguiente manera:
- Que las tarifas que señalan en el arancel se apliquen tomando en cuenta exclusivamente el número de documentos que se presenten en cada comparecencia, y el número de ejemplares certificados que de cada uno de ellos nos soliciten, incluyendo, desde luego, las páginas del ejemplar que se agrega al apéndice.
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Teléfono: (55) 5202 8989
Email: notaria230@notaria230.com.mx